Ya se pueden solicitar los nuevos créditos a tasa cero para monotributistas
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Ya se pueden solicitar los nuevos créditos a tasa cero para monotributistas

El Estudio Contable Fabio Fraticelli dio detalles sobre los requisitos necesarios para acceder a ellos, los montos a los que se podrá acceder, y las restricciones que se aplicarán a los beneficiarios.

El Cdor. Fabio Fraticelli explicó, en palabras claras, los alcances de esta nueva e interesante línea de créditos

El pasado 13 de agosto, a través del Decreto N° 512/2021, el Poder Ejecutivo Nacional lanzó una nueva línea de créditos a tasa cero para exclusivamente monotributistas. El año pasado, producto de la pandemia se implementaron por primera vez estas líneas de crédito que también incluía a los trabajadores autónomos, pero esta vez se limitó únicamente a los monotributistas.

Desde que se conoció la noticia hasta estos días, aún no se encontraba habilitado el sistema de AFIP para solicitar el crédito, pero éste mismo viernes 27 de agosto por la tarde el organismo informó que ya se encuentra habilitado el sistema. Los monotributistas ya pueden solicitar créditos a tasa cero.


Las entidades bancarias acreditarán los fondos solicitados en un solo desembolso en la tarjeta de crédito de cada monotributista. Los préstamos contarán con 6 meses de gracia y la devolución se realizará en 12 cuotas sin intereses.


Los requisitos que deben cumplir los monotributistas para acceder al crédito son los siguientes:

  • Encontrarse adheridos al Régimen Simplificado (Monotributo) desde, al menos, el 31 de mayo de 2021.

  • Poseer constituido el domicilio fiscal electrónico.

  • Para quienes operan con factura electrónica, cuando el promedio mensual de la facturación del primer semestre de 2021 sea inferior o igual a 1,2 veces el límite inferior de su categoría, proporcionado de forma mensual. En el caso de la categoría “A” se considerará como límite la suma de $20.800.-

  • Para quienes no operan con factura electrónica, cuando el promedio mensual de las compras del primer semestre de 2021 sea inferior al 80% de 1,2 veces el límite inferior de su categoría, proporcionado en forma mensual. En el caso de la categoría “A” se considerará como límite la suma de $20.800.-

  • No prestar servicios en el sector público nacional, provincial o municipal. Se considera que prestan servicios en esos sectores cuando al menos el 70% de su facturación del primer semestre de 2021 haya sido emitida a favor de jurisdicciones o entidades del sector público.

  • No percibir ingresos por estar en relación de dependencia o por jubilación.

  • No estar, al 30 de junio de 2021, en situación crediticia 3, 4, 5 o 6 informada por el BCRA.

  • No revestir la condición de sucesión indivisa.

  • No haber sufrido la ejecución de la garantía FOGAR por el crédito a tasa cero obtenido en el marco del Programa ATP

Los pequeños contribuyentes tienen tiempo para el trámite ante la AFIP hasta el 31 de diciembre de 2021 y dispondrán hasta el 20 de enero de 2022 para completar la solicitud en la entidad bancaria emisora de su tarjeta de crédito. Aquellos monotributistas que no cuenten con dicho medio de pago deberán seleccionar una entidad bancaria que le emitirá una tarjeta para continuar el trámite.

El monto máximo de los Créditos a Tasa Cero depende de la categoría en la que se encontraba registrado cada monotributista al 30 de junio (previo a la última recategorización):

  • Categoría A hasta $90.000

  • Categoría B: hasta $120.000

  • Resto de las categorías: hasta $150.000

En tanto, el mínimo de los Créditos a Tasa Cero previsto por la normativa es de $10.000.


Es importante recordar que los beneficiarios y las beneficiarias del Programa, hasta la cancelación total de la financiación, no podrán:

  • Acceder al Mercado Único y Libre de Cambios para realizar operaciones correspondientes a la formación de activos externos. (por ejemplo, comprar el cupo de 200 dólares mensuales)

  • Concertar ventas en el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.

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