Rocca decidió devolver el dinero que recibió del Estado para pagar sueldos
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Rocca decidió devolver el dinero que recibió del Estado para pagar sueldos

El grupo Techint anunció ayer que se dará de baja del programa ATP y que además de hacerse cargo de los sueldos de los trabajadores correspondientes a mayo, devolverá al Gobierno el dinero que corresponde a los pagos de abril. Según expresaron se debe a las restricciones impuestas a quienes gocen de este beneficio que no les permitirá realizar operaciones en los mercados internacionales por dos años.

Ayer el diario La Nación informó que varias empresas decidieron darse de baja del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), entre ellas se encontraba el Grupo Techint - que incluye Techint Ingeniería y Construcción, Ternium Argentina y Tenaris Argentina-. Además de darse de baja devolverá el dinero de los sueldos de abril que fueron pagados por el Estado.

"La baja del Salario Complementario responde al cambio de requisitos y nuevas restricciones que tuvo el Programa ATP en los últimas días. Estos nuevos requisitos - dispuestos a posteriori de haber adherido las empresas a este Programa- compromete restricciones financieras en un horizonte mayor a 24 meses que obstaculizan actividades financieras propias de empresas que están internacionalizadas” expresaron fuentes oficiales a los medios.

Las “restricciones financieras” que expresan desde la Multinacional refieren a que el Gobierno estableció que las empresas que pidan el ATP no podrán distribuir utilidades por los períodos fiscales cerrados a partir de noviembre de 2019; recomprar sus acciones directa o indirectamente; adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior. Tampoco podrán realizar erogaciones de ninguna especie a sujetos relacionados directa o indirectamente con el beneficiario cuya residencia, radicación o domicilio se encuentre en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación.


El Banco Central definió que en el caso de las empresas de más de 800 trabajadores, la imposibilidad de realizar estas operaciones es para el ejercicio en curso y los 24 meses siguientes a la finalización del ejercicio económico posterior a aquel en el que se otorgó el beneficio, considerando inclusive, los resultados acumulados anteriores, sin que en ningún caso pueda producirse la disminución del patrimonio neto hasta la conclusión de dicho plazo.

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